¿Cuál es la diferencia entre homicidio y asesinato? Explicación de un abogado penalista

Definiciones legales: Homicidio vs Asesinato
En el derecho penal español, la diferencia entre homicidio y asesinato no es solo semántica. Como abogado penalista en la Marina Alta (Denia, Javea, Calpe), he visto cómo esta distinción marca la diferencia entre condenas de 10 a 15 años o incluso más.
¿Qué es un homicidio?
El homicidio, según el artículo 138 del Código Penal, es el acto de matar a otra persona. Puede ser:
- Doloso: Cuando hay intención de matar
- Imprudente: Cuando ocurre por negligencia (como en accidentes de tráfico)

¿Qué es un asesinato?
El asesinato (artículo 139 CP) es un homicidio agravado por alguna de estas circunstancias:
- Alevosía (ataque sorpresa sin posibilidad de defensa)
- Ensñamiento (aumento deliberado del sufrimiento)
- Precio, recompensa o promesa
- Para facilitar otro delito o evitar ser descubierto
Diferencias clave entre homicidio y asesinato
Como abogado penalista especializado en la Marina Alta, te explico las 3 diferencias principales:
1. Intencionalidad y circunstancias
Mientras el homicidio puede ser imprudente (sin intención), el asesinato siempre es doloso y con agravantes específicos como la alevosía.
2. Grado de planificación
El asesinato suele implicar mayor premeditación. Un caso reciente en Denia demostró cómo la compra previa de herramientas evidenció la alevosía.
3. Penas y consecuencias legales
Las penas por asesinato son significativamente mayores, como veremos en el siguiente apartado.
Penalidades: ¿Cuántos años de cárcel por cada delito?
Las diferencias en las penas son abismales. Como abogado penal en Alicante, he defendido casos con resultados muy distintos según esta clasificación:
Penas por homicidio
- Homicidio doloso: 10 a 15 años de prisión (art. 138 CP)
- Homicidio imprudente: 1 a 4 años (art. 142 CP), con posibles atenuantes
Penas por asesinato
- Asesinato básico: 15 a 25 años (art. 139 CP)
- Con agravantes: Hasta cadena perpetua revisable (art. 140 CP)
En un caso reciente en Javea, logramos que se reclasificara de asesinato a homicidio, reduciendo la condena de 20 a 12 años.
Consulta tu caso con nuestro penalistaCasos reales que hemos defendido
"El abogado García demostró que mi caso era homicidio imprudente y no asesinato. Gracias a su defensa, la pena fue mínima y pude reconstruir mi vida."
"Contraté a otro abogado que no supo ver las diferencias en mi caso. Cuando llegué a Abogado de lo Penal, reabrieron el proceso y lograron reclasificar el delito."
"Explicaron de forma clara las diferencias entre homicidio y asesinato en mi caso. Su conocimiento del Código Penal fue clave para mi defensa."
Preguntas frecuentes sobre homicidio y asesinato
Sí, depende de las circunstancias. Como abogados penalistas en la Marina Alta, analizamos cada detalle para determinar la calificación más favorable. Un mismo hecho puede pasar de asesinato a homicidio si demostramos falta de alevosía o ensañamiento.
El homicidio por imprudencia grave (art. 142 CP) ocurre cuando hay negligencia pero sin intención de matar. Son comunes en accidentes de tráfico o negligencias profesionales. Las penas son menores pero aún graves.
La alevosía (ataque sorpresa) elimina la posibilidad de defensa de la víctima. El ensañamiento aumenta cruelmente su sufrimiento. Ambas convierten un homicidio en asesinato, pero son conceptos distintos que requieren estrategias de defensa diferentes.
Sí. El asesinato prescribe a los 20 años y el homicidio a los 15 (art. 131 CP). Pero estos plazos pueden variar si hay agravantes o atenuantes. Como abogados penalistas, analizamos cada caso individualmente.
Sí, es posible mediante estrategias de defensa penal que demostremos falta de alevosía, ensañamiento u otros agravantes. En nuestro bufete en Denia, hemos logrado esta reclasificación en varios casos, reduciendo significativamente las penas.
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